¿Cómo crear un documento soporte con no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente?

Tenga en cuenta que este tipo de documentos solo aplica para la legislación colombiana. Según la definición de la DIAN, el documento soporte con no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente es:

Es el documento que soporta la compra de un bien o la prestación de un servicio cuando el proveedor es un sujeto no obligado a expedir factura electrónica.

El comprador debe realizar este documento para soportar la transacción que da lugar a costos, deducciones o impuestos descontables, por medio de un documento con numeración autorizada por la DIAN.

Para continuar con la creación del documento soporte según lo indicado en la Resolución 000167 de 2021, sigue los siguientes pasos:

Paso 1: Ingresa a "Facturas de compra" y en el submenú de la izquierda, selecciona "Documento Soporte". Da clic en "Crear Documento Soporte" en la esquina superior derecha.

DocumentoSoporte2.png

Paso 2: Diligencia los siguientes campos:

CrearDocuemntoSoporte.png

Datos Generales

 Consulta aquí como crear un tercero.

Consulta aquí como configurar la Resolución de Documento Soporte.

Detalles del Documento Soporte

Tenga en cuenta que para que el concepto se visualice, debe estar previamente creado en el módulo de Contratos > Conceptos > Crear concepto. y asegúrese de que los impuestos estén configurados previamente en el concepto.

Paso 3:  Grabar Documento

"Grabar Documento en Borrador": Permite crear el documento soporte en modo borrador para revisarlo antes de su envío a la DIAN. Además, ofrece la opción de eliminar el borrador y rehacerlo correctamente si es necesario.

"Grabar Documento y Enviar a la DIAN": Finaliza el proceso, creando el documento soporte y enviándolo directamente a la DIAN.
Una vez el documento ha sido enviado a la DIAN, se debe verificar que en la columna de estado aparezca como "Exitosa". Si el estado es "Fallida" o "Rechazada", se deben revisar los errores, realizar los ajustes necesarios y enviar nuevamente el documento a la DIAN.


Revisión #28
Creado el 14 mayo 2024 19:20:14
Actualizado el 15 agosto 2024 14:57:49